Dentro de todo proceso
legal la denominada “carga de la prueba”
siempre recae en la parte acusadora, es
decir, que estos tienen que probar indefectiblemente todas las
afirmaciones vertidas en contra de la
parte acusada, el onus
probandi es parte esencial dentro de un juicio justo ya que forma parte
integral de la presunción de inocencia, por ende el acusado bajo ninguna
circunstancia tendría que darse el trabajo de demostrar su inocencia, ya que se
encuentra implícita en la carga de la prueba.
Este axioma legal se encuentra presente en todos los juicios
penales existentes incluido el feminicidio, pero para adentrarnos en tema
dejaremos en claro cual es la figura legal de este delito en cuestión, la ley Nº 348, capitulo 7 inciso 2 señala: “Feminicio es la acción de extrema violencia
que viola el derecho fundamental a la vida y causa la muerte de la mujer por el
hecho de serlo” la codena por dicho
delito según la misma ley es de 30 años de cárcel sin derecho a indulto, lo
curioso en este tipo de casos es que a pesar de la rigurosidad de la ley los
casos de feminicidio no han disminuido en lo más mínimo, según el Centro de Información y
Desarrollo de la Mujer (CIDEM) hasta el mes de agosto de este año 59 mujeres
han sido asesinadas por agresión sexual, como vemos la norma en si no freno ni
en lo más mínimo la gran cantidad de feminicidios en nuestro país, pareciera
que a la carga de la prueba que recae siempre sobre la parte acusadora se
suma una especie de “carga de la duda”.
¿A que me refiero con esto? Al estar inmersos dentro de una
sociedad fuertemente machista la mujer pasa de ser victima a sospechosa, se
duda de su integridad, de su moralidad, de su actuar, se pone en tela de juicio
su papel de “mujer” dentro de la familia y dentro de la sociedad, básicamente
se vuelve a atropellar sus derechos, se la vuelve a victimar, se la vuelve a
matar, en casos de feminicidios las victimas no solo tienen que probar la
culpabilidad del denunciado, también tienen que probar, por increíble que parezca,
la idoneidad de la victima.
La mujer dentro de la concepción machista tiene que
desenvolverse dentro sus parametros, es decir, dentro de los parámetros
patriarcalistas existentes, por ende si la victima se desenvolvía de tal o cual
manera o si se vestía de tal o cual manera se van convirtiendo en indicios que
a la postre pasan a ser “pruebas” que ponen en duda la idoneidad de la mujer,
básicamente se la juzga como si esta hubiese sido la única y real culpable del
acto violento en su contra, pareciera que con esto el “macho”
tendría cierta atenuación a la hora de juzgar su comportamiento
delictivo, en este sentido salen a relucir un sin numero de atenuantes
extraños, el “macho” es victimizado frente a la victima, y por increíble que
parezca, da resultado.
La victima pasa a ser la culpable, la acusada, se la juzga y se
la vuelve a matar, esta vez en su idoneidad y en su integridad como mujer, si
bien toda vida merece respeto y todo delito merece ser tratado por igual no
podemos callar ante la gran cantidad de feminicidios que suceden en nuestro
país, muchos de ellos quedando impunes debido a una administración de justicia
lenta y principalmente machista, donde el delito pareciera que fuese ser mujer.
Es tiempo de cambiar, de educar mejor, de ser mejores personas, pero
hasta el momento nos seguimos aplazando como sociedad, protegiendo a los
“machos” con el beneficio de la duda y castigando a las victimas dudando de
ellas, matándolas otra vez.